Consejo de Estado confirma nulidad definitiva de consulta popular propuesta por el gobierno Petro
Tras un exhaustivo proceso de revisión que se extendió por varios meses, la Sala Plena del Consejo de Estado emitió una decisión definitiva que deja en firme la nulidad de la consulta popular que el presidente Gustavo Petro pretendía convocar durante el año 2025. Este fallo judicial representa un punto final a las pretensiones del gobierno nacional de someter a consideración ciudadana aspectos clave de las reformas laboral y de salud.
Análisis detallado de la votación senatorial
El organismo judicial concluyó que no se presentaron irregularidades en la votación realizada en el Senado de la República, la cual derivó en el hundimiento de la iniciativa gubernamental a mediados de 2025. En su providencia, el Consejo de Estado señaló específicamente que "la diferencia entre senadores presentes y votos depositados obedeció al retiro voluntario de uno de aquellos", descartando así las acusaciones de vicios procesales que habían sido planteadas desde el ejecutivo.
La decisión establece textualmente que se deben "negar las pretensiones de las demandas, conforme lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. En firme esta sentencia, archívese el expediente", cerrando definitivamente cualquier posibilidad de reversar el hundimiento legislativo.
Contexto constitucional y antecedentes procesales
Esta resolución del Consejo de Estado se produce después de que la Corte Constitucional se negara a estudiar en profundidad el denominado 'decretazo' emitido por el Gobierno Nacional para convocar la consulta popular, a pesar de que el Senado ya había hundido esta propuesta. La decisión del alto tribunal, amparada en la Sentencia C-036 del 26 de febrero de 2026, alcanzó una votación unánime de nueve a cero.
Los magistrados adoptaron la figura de inhibición por sustracción de materia, determinando que carecía de sentido práctico emitir un fallo de fondo sobre un documento que ya había perdido su vigencia legal. El decreto 0639, expedido el 11 de junio de 2025, fue finalmente derogado el 24 de junio del mismo año, lo que dejó sin clarificar la legalidad de un acto administrativo sin precedentes recientes en la política nacional.
Rechazo legislativo y estrategia gubernamental
El proceso se desencadenó luego de que la plenaria del Senado emitiera un concepto negativo el 14 de mayo de 2025, fecha en la que los congresistas rechazaron con 49 votos en contra la solicitud del mandatario para realizar dicha consulta ciudadana. Para sortear este revés legislativo que impedía constitucionalmente avanzar con el mecanismo de participación, el Ejecutivo acudió a una cuestionada tesis jurídica estructurada con la asesoría del exministro de Justicia Eduardo Montealegre.
El gobierno jugó la carta de la excepción de inconstitucionalidad para desconocer formalmente la votación parlamentaria, una maniobra que desató un profundo choque institucional. Sobre la motivación de esta estrategia, el presidente Petro explicó en su momento que su administración buscaba primordialmente "dar a los trabajadores la oportunidad de expresar directamente sus necesidades y reivindicar colectivamente sus derechos".
Postura de otros organismos de control
La salida procesal adoptada por la Corte Constitucional coincidió con la postura que previamente avaló el procurador general, Gregorio Eljach, quien señaló ante el tribunal que este carecía de competencia basándose en el numeral 3 del artículo 241 de la Carta Política. Eljach concluyó que el control de las consultas populares debe ser estrictamente posterior a su realización, estableciendo un precedente importante para futuros casos similares.
Este fallo del Consejo de Estado representa un capítulo cerrado en uno de los episodios más controvertidos del actual gobierno, marcando límites claros entre los poderes ejecutivo y legislativo en materia de mecanismos de participación ciudadana. La decisión judicial consolida el principio de que las consultas populares deben seguir los cauces constitucionales establecidos, sin atajos administrativos que pretendan sortear las decisiones del Congreso de la República.



