Corte tumba regla de JEP sobre selección de segundo orden
Corte tumba regla de JEP sobre selección de segundo orden

La reciente sentencia C-073/26 de la Corte Constitucional, que declaró inconstitucionales ciertas reglas jurisprudenciales establecidas por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), es técnicamente compleja. Sin embargo, se trata de una decisión muy importante que merece ser debatida, ya que resuelve un problema aparentemente simple, pero que remite a discusiones difíciles: ¿a quiénes debe finalmente juzgar la JEP?

El dilema de la justicia transicional

Este interrogante surge porque la justicia transicional enfrenta situaciones complejas: intenta que las transiciones de la guerra a la paz se realicen con justicia, pero después de una historia de atrocidades masivas resulta muy difícil, prácticamente imposible, juzgar a todos los victimarios. El problema se vuelve más agudo cuando la transición es fruto de un acuerdo de paz: es imposible lograr la desmovilización de la mayoría de combatientes si no se les otorga la seguridad jurídica de que podrán reincorporarse sin el temor a ser juzgados ulteriormente.

El principio de selección en el Acuerdo de Paz

Este problema fue ampliamente debatido en el proceso de paz y condujo a la adopción del principio de selección, que tiene dos pilares. El primero es sustantivo: la JEP solo debe juzgar a los máximos responsables de los crímenes más representativos. Quienes no lo fueran, aunque hubieran cometido crímenes atroces como secuestros o falsos positivos, no serían juzgados. Tampoco serían simplemente amnistiados. El Acuerdo estableció entonces la llamada “renuncia condicionada a la acción penal”: esas personas podrían evitar el proceso penal si cumplían con ciertas condiciones, básicamente no reincidir, aportar a la reparación y a la verdad plena. Un sapo difícil de tragar, pero inevitable en un acuerdo de paz.

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El diseño procesal original

El segundo pilar es procesal: únicamente una instancia de la JEP, la Sala de Reconocimiento (SR), seleccionaría a los máximos responsables que pasarían a juicio. Esto lo haría a través de investigaciones sistemáticas y no caso por caso. Aquellos involucrados en atrocidades pero que no fueran seleccionados como máximos responsables serían remitidos a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ), la cual tenía que renunciar a que esos comparecientes fueran procesados si cumplían con las condiciones señaladas: no reincidir, aportar a la reparación y a la verdad plena.

El problema de la selección de segundo orden

El problema surgió porque la JEP decidió que la SDSJ podía hacer una “selección de segundo orden”. Según esa regla jurisprudencial, la SDSJ podía entonces enviar a juicio a personas no seleccionadas como máximos responsables por la SR si encontraba que había mérito para tal efecto, lo cual abría la puerta a que la SDSJ investigara caso por caso para ver si procedía o no esta selección de segundo orden.

Esta regla jurisprudencial no solo varió el diseño del Acuerdo, sino que además afectó la seguridad jurídica de muchísimos comparecientes: después de años, no solo no han logrado que la JEP les aclare su situación jurídica, sino que temían ser procesados penalmente. Mientras tanto, recibían ofertas de grupos armados para que volvieran a la violencia. Finalmente, la JEP caía en una investigación caso por caso que haría imposible que cumpliera su difícil tarea en el plazo previsto.

El fallo de la Corte Constitucional

La sentencia C-073/26 acertó entonces al declarar inconstitucional esta selección de segundo orden. Con esto, como lo explica más técnicamente la colega Paola Molano en su pedagógico artículo en La Silla Vacía, la Corte protegió la “justicia del Acuerdo de Paz”, que no es una justicia perfecta (la justicia transicional nunca lo es), pero que logró que más de 13.000 personas dejaran las armas.

Adenda

La muerte de Víctor Manuel Moncayo es una noticia muy triste. Fue un buen decano y un buen rector de la Universidad Nacional, y alguien siempre preocupado, hasta los últimos momentos de su vida, por la defensa de la universidad pública. Hará mucha falta, especialmente en este momento. Toda mi solidaridad con su familia y sus amigos más cercanos.

Investigador de Dejusticia y profesor de la Universidad Nacional.

Por Rodrigo Uprimny

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