La Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex) hizo un llamado urgente al Congreso de la República para que convoque a una sesión de continuación y apruebe el Proyecto de Ley 312S de 2025 antes del 20 de junio de 2026. Esta fecha límite fue establecida por la Sentencia C-072 de 2025 de la Corte Constitucional.
Sesión inconclusa en comisiones conjuntas
El martes 12 de mayo, las Comisiones Segundas Conjuntas del Senado y la Cámara de Representantes se reunieron para discutir en primer debate la ponencia unificada del proyecto. Aunque recibió respaldo de las bancadas de gobierno y oposición, la sesión se levantó sin que se contabilizaran las votaciones virtuales. Esto dejó la aprobación formal del articulado en suspenso y obliga a convocar una nueva sesión con tiempo suficiente para completar el trámite legislativo.
Riesgo de archivo masivo de procesos
Analdex advierte que, si no se aprueba el nuevo régimen, más de 10.800 procesos aduaneros por un valor cercano a 7,07 billones de pesos quedarían archivados. Además, la institucionalidad aduanera perdería sustento jurídico para realizar aprehensiones, decomisos y liquidaciones de sanciones.
Construcción de la ponencia unificada
La ponencia unificada fue elaborada por el sector privado, la autoridad aduanera, la academia y el Congreso durante más de siete semanas de mesas técnicas, con aproximadamente 120 horas de trabajo presencial entre el 4 de marzo y el 21 de abril de 2026. El objetivo es mejorar las reglas del comercio exterior colombiano.
Cambios clave del proyecto de ley
La nueva regulación busca distinguir con mayor claridad entre el usuario diligente que comete un error humano y el operador que defrauda deliberadamente al Estado. Para ello, la ponencia propone cinco instrumentos:
- Debida diligencia como causal de exoneración: El operador que demuestre haber actuado con diligencia puede ser exonerado de la sanción, dándole efectos concretos a la buena fe.
- Errores formales con tratamiento diferenciado: Los errores de digitación ya no serán causal autónoma de sanción. Se permite la corrección sin penalización dentro de un término razonable, sin perder la mercancía.
- Suspensión del cobro inmediato: Los operadores solo enfrentarán el cobro después de resuelta la discusión en sede judicial, acabando con el modelo de cobro previo a la defensa.
- Caducidad cierta del decomiso: Se fija un término único de cinco años para el ejercicio de la acción de control, basado en criterios objetivos y verificables.
- Capacidad económica reglada: Los parámetros quedan definidos en la ley, no a discreción del funcionario.
Estos cambios no buscan hacer la ley más laxa, sino proporcionar mayor precisión para identificar al comerciante informal o corrupto.
Ventajas de la adopción de la ley según Analdex
Con la Sentencia C-072 de 2025, la Corte estableció un plazo que vence el 20 de junio de 2026. Si no se expide el nuevo régimen, el control aduanero quedaría sin sustento jurídico. Analdex enfatiza que la aprobación de la ley no solo evitaría pérdidas, sino que aportaría beneficios significativos al país.
El proyecto busca dotar a Colombia de un régimen sancionatorio aduanero que distinga claramente el error humano del fraude deliberado. La seguridad jurídica es un factor de competitividad: los inversionistas y operadores logísticos internacionales toman decisiones basadas en la previsibilidad de las reglas. Un régimen claro, proporcional y predecible es tan importante como la infraestructura portuaria, las carreteras y los acuerdos comerciales. La ponencia se alinea con los estándares de la OCDE y las mejores prácticas de países con dinámicas comerciales similares a la colombiana.



