TJUE reconoce permiso de residencia a madre de menor en la UE aunque tenga otro en otro país
TJUE: madre puede tener residencia en otro país UE aunque ya tenga una

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia clave que reconoce la posibilidad de que una madre obtenga un permiso de residencia derivado en el Estado miembro donde reside su hijo, quien es nacional de ese país, incluso si la progenitora ya disfruta de un derecho de residencia en otro Estado comunitario. La decisión, publicada este jueves, busca proteger la unidad familiar y los derechos del menor como ciudadano de la Unión.

El caso concreto: una madre marroquí en Países Bajos

El fallo responde al caso de una mujer de nacionalidad marroquí que reside en los Países Bajos junto a su hijo, quien tiene nacionalidad neerlandesa, y su cónyuge, también neerlandés. Las autoridades neerlandesas le denegaron el permiso de residencia derivado argumentando que ya poseía ese derecho en España, donde vivió y trabajó legalmente durante 15 años antes de formar su unidad familiar actual.

Decisión del TJUE: proteger la unidad familiar

En su sentencia, los jueces europeos señalaron que si la mujer ya no tuviera derecho de residencia en España (y, por tanto, en ningún otro Estado miembro), las autoridades neerlandesas estarían obligadas a concederle un derecho de residencia derivado debido a la "relación de dependencia" entre madre e hijo. En este caso, el padre del menor no percibe ingresos profesionales por su estado de salud y recibe prestaciones de asistencia social.

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Por otro lado, incluso si la mujer conservara su derecho de residencia en España, "esta circunstancia no excluye, por sí sola, la posibilidad de que goce de un derecho de residencia derivado en los Países Bajos", según el TJUE.

Vulneración de los derechos del menor

El tribunal consideró que denegar el permiso obligaría al menor a abandonar los Países Bajos, su Estado miembro de residencia y del que es nacional, lo que vulneraría sus derechos como ciudadano de la Unión. "En estas circunstancias, y sin perjuicio de una comprobación por parte del tribunal neerlandés, el Tribunal de Justicia declara que debería concederse a la madre un derecho de residencia derivado en los Países Bajos, ya que la denegación de ese derecho menoscabaría la unidad familiar y privaría al menor de la posibilidad de mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre", afirmó la corte.

Instrucciones al tribunal neerlandés

No obstante, el TJUE instó al tribunal neerlandés a "comprobar si un traslado forzoso del niño a España sería contrario a su interés superior", dejando la decisión final en manos de la justicia nacional.

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