Impuesto patrimonial a universidades privadas amenaza el sistema mixto de educación superior en Colombia
Impuesto a universidades privadas pone en riesgo sistema educativo colombiano

El sistema mixto de educación superior colombiano enfrenta una amenaza fiscal

La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 67 que la educación es un derecho fundamental y un servicio público con función social. Complementariamente, el artículo 68 permite que este servicio sea prestado tanto por entidades públicas como privadas. Sobre este fundamento constitucional se ha construido durante décadas un sistema mixto de educación superior que ha demostrado ser esencial para el desarrollo educativo del país.

Una medida tributaria con consecuencias imprevistas

La expedición del Decreto 0173 del 24 de febrero de 2026, que crea un impuesto al patrimonio para personas jurídicas en el marco de la emergencia económica, ha generado una preocupación legítima en el sector educativo. Este decreto no excluye expresamente a las instituciones de educación superior privadas de esta carga tributaria para el año 2026, lo que podría tener efectos profundos en todo el sistema educativo nacional.

El debate trasciende lo ideológico para ubicarse en lo estructural. Las universidades privadas atienden actualmente a más de 1,15 millones de estudiantes, lo que representa el 45,11% de la matrícula nacional en educación superior según datos del Ministerio de Educación Nacional para 2024. Esta cifra no es menor y refleja la importancia estratégica de estas instituciones en el panorama educativo colombiano.

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Impacto directo en la reinversión educativa

Gravar el patrimonio de estas instituciones no afecta a accionistas, pues por su carácter sin ánimo de lucro no los tienen. El impacto real recae directamente en su capacidad de reinversión en áreas fundamentales como:

  • Infraestructura física y tecnológica
  • Investigación científica e innovación
  • Desarrollo pedagógico y actualización curricular
  • Becas y apoyos financieros para estudiantes de ingresos medios y bajos

El artículo 363 de la Constitución establece que el sistema tributario debe fundamentarse en los principios de equidad, eficiencia y progresividad. La pregunta central que surge es si gravar a universidades privadas, entidades sin ánimo de lucro que reinvierten todos sus excedentes en su objeto social, respeta verdaderamente estos principios constitucionales.

Un contexto financiero ya tensionado

Esta medida tributaria no puede analizarse de manera aislada. Decisiones recientes del gobierno actual han creado un escenario financiero complejo para las instituciones de educación superior privadas:

  1. Reducción significativa de créditos educativos
  2. Eliminación de subsidios a las tasas de interés del Icetex
  3. Ausencia de programas de ampliación de cobertura articulados con universidades privadas
  4. Desfinanciación progresiva del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación

La eventual imposición de un gravamen patrimonial profundizaría este escenario de asfixia financiera progresiva, limitando aún más las capacidades de estas instituciones para cumplir su función social.

Consecuencias sistémicas para la educación nacional

El impacto de este impuesto no sería meramente contable sino sistémico. Un gravamen patrimonial en este contexto se traduciría directamente en:

  • Menor disponibilidad de becas y apoyos financieros
  • Reducción de inversión en tecnología educativa
  • Limitación de la expansión regional
  • Menor flexibilidad académica y adaptación curricular

En muchas regiones de Colombia, donde la oferta pública de educación superior es insuficiente o inexistente, las instituciones privadas constituyen la única alternativa real de formación superior. Esto incluye modalidades flexibles y multimodales que permiten a miles de colombianos estudiar y trabajar simultáneamente.

Fortalecer, no debilitar, el sistema mixto

Colombia necesita fortalecer su sistema mixto de educación superior, no debilitarlo. Lo que el país requiere es una política educativa coherente que promueva:

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  1. Alianzas estratégicas entre el Estado y las instituciones privadas
  2. Ampliación de cobertura con calidad educativa garantizada
  3. Fortalecimiento de la educación dual y las prácticas profesionales
  4. Trayectorias formativas que articulen estudio y trabajo a lo largo de la vida

Las universidades privadas están preparadas para asumir estos retos, pero necesitan coherencia normativa y un entorno financiero que reconozca, y no penalice, su función social. Gravar el 45,11% del sistema educativo superior es una decisión que agravará significativamente las dificultades por las que atraviesa la educación superior en Colombia, afectando especialmente a los estudiantes de menores recursos y a las regiones con menor oferta educativa pública.