Pico y Placa en Cartagena: Restricciones para el 6 de abril de 2026
Pico y Placa Cartagena: Restricciones 6 abril 2026

Restricciones de Movilidad en Cartagena para el 6 de abril de 2026

El pico y placa en Cartagena es una medida implementada por las autoridades de tránsito con el objetivo de mejorar el flujo vehicular y reducir la congestión en las principales vías de la ciudad. Esta regulación afecta a vehículos particulares, motocicletas y taxis, estableciendo restricciones según el último dígito de la placa en días específicos. A continuación, detallamos toda la información necesaria para el próximo 6 de abril de 2026.

Restricciones para Vehículos Particulares

Los automóviles con placas que terminen en los dígitos 7 y 8 tendrán prohibición de circular durante los siguientes horarios:

  • De 7:00 a.m. a 9:00 a.m.
  • De 6:00 p.m. a 8:00 p.m.

Esta medida busca aliviar el tráfico en las horas pico matutinas y vespertinas, promoviendo un uso más eficiente de las vías.

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Restricciones para Motocicletas

Las motocicletas con placas terminadas en 7 y 8 también enfrentarán restricciones, pero con un horario más extenso:

  • De 5:00 a.m. a 11:00 p.m.

Es importante destacar que aquellas motocicletas que cuenten con permisos especiales estarán exentas de esta norma, permitiendo su circulación durante todo el día.

Restricciones para Taxis

Los taxis con placas que finalicen en los dígitos 1 y 2 tendrán una restricción continua:

  • De 6:00 a.m. del 6 de abril hasta las 6:00 a.m. del 7 de abril.

Esta regulación aplica en todas las vías de la ciudad, sin excepciones geográficas, por lo que es crucial que los conductores planifiquen sus rutas con anticipación.

Excepciones al Pico y Placa

Existen numerosas excepciones a estas restricciones, diseñadas para garantizar el funcionamiento de servicios esenciales. Entre los vehículos exentos se incluyen:

  1. Vehículos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular vigente.
  2. Automotores eléctricos o de cero emisiones, debidamente registrados.
  3. Caravanas presidenciales y vehículos del servicio diplomático o consular.
  4. Vehículos de organismos de seguridad del Estado, como Fuerzas Militares, Policía Nacional y Fiscalía.
  5. Automotores asignados al gobernador de Bolívar y al alcalde de Cartagena.
  6. Vehículos de autoridades judiciales, legislativas y de control, como jueces, senadores y Procuraduría.
  7. Vehículos fúnebres y de emergencia, incluyendo ambulancias y unidades de rescate.
  8. Automotores para personas con discapacidad y servicios médicos domiciliarios.
  9. Vehículos de empresas de servicios públicos, mantenimiento de redes y recolección de basura.
  10. Automotores de medios de comunicación, transporte escolar y distribución de alimentos o medicamentos.
  11. Vehículos blindados, escoltas y de seguridad privada autorizados.
  12. Los casos autorizados temporalmente por el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte (DATT).

Consecuencias por Incumplimiento

No respetar las restricciones del pico y placa puede acarrear sanciones significativas:

  • Multas económicas: Equivalentes a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes.
  • Inmovilización del vehículo: En casos graves, las autoridades pueden retener el automotor.

Consejos para Evitar Sanciones

Para contribuir a una mejor movilidad y evitar penalizaciones, se recomienda:

  • Planificar rutas con antelación, considerando alternativas de transporte.
  • Utilizar transporte público o compartir el vehículo cuando las restricciones apliquen.
  • Mantenerse informado diariamente sobre los cambios en el pico y placa a través de canales oficiales.

Estas medidas no solo ayudan a evitar multas, sino que también promueven un entorno urbano más sostenible y menos congestionado en Cartagena.

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