Multas y normas para ciclistas en Colombia en 2026
Multas y normas para ciclistas en Colombia 2026

La bicicleta se ha consolidado como un medio de transporte práctico, económico y cada vez más presente en las vías del país. Sin embargo, su uso conlleva responsabilidades claras establecidas en el Código Nacional de Tránsito y los lineamientos de la Secretaría Distrital de Movilidad. Los ciclistas no solo tienen derechos, sino también obligaciones cuyo incumplimiento puede resultar en multas e incluso la inmovilización de la bicicleta.

Requisitos básicos para rodar seguro

El Artículo 94 del Código Nacional de Tránsito establece condiciones indispensables de seguridad y visibilidad. El casco es obligatorio; su ausencia puede llevar a la inmovilización del vehículo y aumenta el riesgo de lesiones en caso de caída. La visibilidad es crucial entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana, cuando el uso de prendas reflectivas es exigido para ser visto en condiciones de baja luz. Además, los brazos funcionan como direccionales para indicar giros o detenciones, facilitando la comunicación con otros actores viales. Cuando se circula en grupo, la norma exige hacerlo en fila, uno detrás del otro, sin ocupar todo el carril, para mantener una dinámica predecible.

Infracciones y sanciones

La Resolución 3027 de 2010 detalla comportamientos sancionables. Para 2026, la multa base es de aproximadamente COP 170.000, pero puede escalar a cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes e incluir la inmovilización de la bicicleta. Entre las infracciones más comunes se encuentran:

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  • Ignorar señales de tránsito, semáforos o señales verticales.
  • Circular sin luces obligatorias en condiciones de baja visibilidad.
  • Usar bicicletas con frenos en mal estado o sin condiciones mecánicas adecuadas.
  • Sujetarse de vehículos en movimiento.
  • Adelantar entre vehículos en movimiento.
  • Invadir andenes, aceras o espacios peatonales.
  • Transitar por zonas restringidas como carriles exclusivos o vías férreas.
  • Circular sin respetar el carril derecho o alejarse más de un metro de la acera.
  • Transportar objetos o personas que limiten la visibilidad o el control.
  • Circular por vías de alta velocidad, lo que implica inmovilización inmediata.
  • Ofrecer servicios de transporte público en bicicleta, lo cual está prohibido.

Beneficios por pronto pago

Si el ciclista acepta la infracción, puede acceder a descuentos en la multa. El pago dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición del comparendo otorga un 50 % de descuento, previo curso pedagógico. Entre el sexto y el vigésimo día hábil, el descuento es del 25 %, también con curso obligatorio. Del día 21 al 30, se debe pagar el 100 % del valor. Pasado este plazo, se generan intereses moratorios y la autoridad de tránsito puede iniciar cobro coactivo.

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