Bogotá intensifica controles contra motociclistas que invaden zonas peatonales
Bogotá sanciona a motociclistas que circulan por andenes

Bogotá intensifica controles contra motociclistas que invaden zonas peatonales

Las autoridades de tránsito en la capital colombiana han reforzado significativamente las acciones de vigilancia y control para enfrentar una práctica recurrente que pone en riesgo la seguridad de peatones y ciclistas. Se trata de conductores de motocicletas que circulan indebidamente por andenes, ciclorrutas, puentes peatonales e incluso áreas verdes, espacios diseñados exclusivamente para la movilidad no motorizada.

Operativos y sanciones en aumento

Según los datos oficiales proporcionados por la Secretaría Distrital de Movilidad, durante el año 2025 se programaron un total de 1.409 operativos específicamente dirigidos al control de motocicletas que transitan por zonas peatonales. Esta estrategia resultó en la imposición de 17.650 comparendos, evidenciando la magnitud del problema.

Para el año 2026, con corte al 19 de febrero, la entidad ya había planificado 389 operativos y había impuesto 3.306 comparendos por esta misma conducta. Lo más alarmante es que en menos de dos meses del presente año se registra un incremento del 84 % en la imposición de comparendos relacionados con la invasión de espacios destinados a peatones y ciclistas, lo que indica una tendencia creciente que preocupa a las autoridades.

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Multas y sanciones económicas

Circular con motocicleta por andenes u otros espacios peatonales está tipificado como una infracción grave según el Código Nacional de Tránsito, específicamente bajo la clasificación D05. En 2026, esta conducta conlleva una sanción equivalente a 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que se traduce en una multa aproximada de 1.266.100 pesos colombianos, calculada con base en el valor de la Unidad de Valor Básico establecido por el Ministerio de Transporte.

Beneficios por pronto pago del comparendo

Cuando un conductor es notificado con una orden de comparendo y reconoce la comisión de la infracción, puede acceder a descuentos sobre el valor total de la multa, siempre que cumpla con los plazos y requisitos establecidos por la normativa vigente:

  • Descuento del 50 %: Aplicable si el pago se realiza dentro de los cinco días hábiles siguientes a la imposición del comparendo, previa realización del curso pedagógico obligatorio.
  • Descuento del 25 %: Válido cuando el pago se efectúa entre el sexto y el vigésimo día hábil, también condicionado a la finalización del curso correspondiente.
  • Pago total sin descuento: Entre el día 21 y el día 30, se debe cancelar el 100 % del valor de la multa. Superado este plazo, comienzan a generarse intereses moratorios y la autoridad de tránsito puede iniciar el proceso de cobro coactivo, lo que agrava la situación económica del infractor.

Esta estructura de sanciones busca no solo penalizar la conducta indebida, sino también incentivar la corrección inmediata y la educación vial entre los motociclistas que incurren en estas prácticas peligrosas.

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