Pensiones en Colombia: la polémica por el traslado de ahorros y la reforma suspendida
Polémica por pensiones: traslado de ahorros y reforma suspendida

Las pensiones en Colombia han pasado de ser un tema técnico a un foco de tensión política. En las últimas semanas, el Gobierno Nacional y el Consejo de Estado protagonizan un pulso por el traslado de ahorros pensionales, mientras la reforma aprobada en 2024 sigue suspendida por la Corte Constitucional. Este artículo explica el origen del conflicto, los actores involucrados y lo que está en juego.

El origen: la reforma pensional y el 'pupitrazo'

La reforma pensional fue aprobada por el Congreso el 14 de junio de 2024, en una sesión de la Cámara de Representantes que duró apenas 30 minutos. La oposición denunció vicios de trámite, pues se acogió el texto del Senado sin debate suficiente. El presidente Gustavo Petro la sancionó en julio de 2024, pero la Corte Constitucional admitió una demanda y ordenó repetir la votación en la Cámara.

La nueva votación en 2025

El 28 de junio de 2025, la Cámara volvió a discutir la reforma en una sesión extraordinaria. Tras cuatro horas de debate, se aprobó la proposición de acoger el texto del Senado con 104 votos a favor y 9 en contra. Luego, el presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, propuso votar el articulado por bloques, pero la mayoría se negó, argumentando que ya estaba aprobado. Con 100 votos en contra, se cerró la discusión.

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El camino en la Corte Constitucional

La revisión de la reforma ha sido tortuosa. Inicialmente, el magistrado Jorge Enrique Ibáñez presentó una ponencia negativa, pero fue apartado del caso en febrero de 2026. La magistrada Paola Meneses, quien en noviembre de 2025 votó en contra de la reforma, ahora elabora una nueva ponencia. Hasta entonces, la Corte mantiene suspendida la mayor parte de la ley, excepto dos artículos clave.

Artículos activos: el 12 y el 76

El artículo 12 crea las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), que son los cuatro fondos privados y Positiva Seguros. El artículo 76 establece una ventana de traslado de dos años (hasta julio de 2026) para que personas cercanas a la pensión puedan cambiarse entre regímenes. Este último artículo es el centro de la polémica actual.

La polémica por el traslado de ahorros

El Gobierno expidió un decreto para que los fondos privados transfieran a Colpensiones el ahorro de quienes se trasladaron durante la ventana. Según Asofondos, 119.632 personas han solicitado el cambio, con un ahorro superior a 27 billones de pesos. El decreto ordenaba transferir el 50% en 20 días y el 50% restante en 10 días, pero el Consejo de Estado lo suspendió en dos ocasiones.

Argumentos del Gobierno

El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, defiende que la Ley 100 de 1993 obliga a transferir los ahorros cuando una persona se cambia de régimen. Además, Colpensiones ya está pagando pensiones y asumiendo riesgos de invalidez. El Gobierno estudia medidas legales contra la suspensión y la Superintendencia Financiera investiga si los fondos privados actuaron con dolo.

Postura de los fondos privados

Los fondos privados argumentan que el decreto es ilegal porque la reforma está suspendida y no hay claridad sobre las reglas. Asofondos ha señalado que el traslado masivo sin un marco legal sólido pone en riesgo los ahorros de los afiliados.

Estructura de la reforma por pilares

La reforma propone un sistema de cuatro pilares:

  • Pilar Solidario: Renta básica para adultos mayores en pobreza extrema (hombres >65 años, mujeres >60 años) equivalente a la línea de pobreza (unos 223.000 pesos).
  • Pilar Semicontributivo: Renta vitalicia para quienes cotizaron entre 300 y 1.000 semanas, con subsidios adicionales para mujeres.
  • Pilar Contributivo: Cotización en Colpensiones hasta 2,3 salarios mínimos; el excedente va a las ACCAI (fondos privados o Positiva).
  • Pilar de Ahorro Voluntario: Aportes adicionales para complementar la pensión.

Requisitos para pensionarse

Hombres: 1.300 semanas cotizadas. Mujeres: reducción progresiva de 1.275 semanas en 2025 a 1.000 en 2036.

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¿Qué sigue?

La Corte Constitucional deberá definir la suerte de la reforma. Mientras tanto, el pulso entre el Gobierno y el Consejo de Estado mantiene en vilo a millones de afiliados. La incertidumbre sobre las reglas de juego podría afectar las decisiones de ahorro y pensión de los colombianos.