Gobierno fija arancel del 35% a importaciones de calzado de bajo precio
Gobierno fija arancel del 35% a calzado importado

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0594 de 2026, mediante el cual se estableció un arancel del 35% para las importaciones de calzado cuyo precio FOB declarado sea igual o inferior a determinados umbrales. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo explicó que la medida tiene como objetivo fortalecer la industria nacional.

Detalles de la medida arancelaria

La medida aplicará a las partidas arancelarias 6401, 6402, 6403, 6404 y 6405 cuando el valor declarado sea igual o inferior a umbrales que oscilan entre US$7 y US$11 por par. En el caso de las capelladas, clasificadas en la subpartida 6406, el arancel se cobrará cuando el precio FOB sea igual o inferior a US$5,90 por kilogramo bruto.

Para la partida arancelaria 6401, que incluye calzado impermeable y calzado de seguridad con puntera metálica, el Gobierno fijó un umbral de US$7 por par para la aplicación del arancel. El mismo umbral aplicará para las partidas 6402 y 6404, que comprenden diferentes tipos de calzado con suela y parte superior de caucho o plástico, así como calzado deportivo.

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En el caso de la partida 6403, correspondiente al calzado con suela de caucho, plástico o cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural, el umbral quedó establecido en US$11 por par.

Por su parte, la partida 6405, que agrupa los demás tipos de calzado, incluidos aquellos con la parte superior elaborada en cuero natural o regenerado, tendrá un umbral de US$8 por par para la aplicación del arancel.

Justificación del Gobierno

Según el Ministerio de Comercio, la decisión responde al aumento de las importaciones provenientes de países sin acuerdos comerciales con Colombia. El decreto señala que China concentró el 56,2% de estas compras externas en 2025, seguida por Vietnam con el 26,3% e Indonesia con el 12,8%.

El documento también advirtió que las importaciones de calzado procedentes de países sin acuerdo comercial aumentaron un 24,7% en 2025, mientras que las importaciones de capelladas crecieron un 93,4%, cifras que, según el Gobierno, justifican la continuidad de las medidas de protección para la industria nacional.

Exclusiones y vigencia

La norma excluye a las importaciones originarias de países con los que Colombia mantiene acuerdos comerciales vigentes y tendrá una vigencia de cinco años. Una vez finalice ese periodo, el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior evaluará la pertinencia de mantener o desmontar la medida.

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