Declaración de renta 2026: fechas clave para personas jurídicas y evite sanciones
Declaración de renta 2026: fechas clave para personas jurídicas

Durante el mes de mayo de 2026, miles de organizaciones en todo el territorio colombiano deben cumplir con su cita anual ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para reportar sus movimientos financieros del año gravable 2025. Este proceso no es solo un trámite administrativo; representa el aporte fundamental de 1.273.214 contribuyentes localizados en todo el país.

¿Cómo realizar el trámite?

El trámite se gestiona exclusivamente a través de la página web de la Dian, utilizando el Formulario 110. Para completar el envío satisfactoriamente, los representantes legales deben contar con su firma electrónica actualizada. Este reporte técnico incluye los ingresos, deducciones y costos de cada empresa, permitiendo a la entidad verificar la transparencia en las operaciones mercantiles realizadas durante el periodo gravable 2025.

El valor de la Unidad de Valor Tributario (UVT) para el presente ciclo se fijó en $52.374, cifra que determina tanto los topes para declarar como la cuantía de las posibles penalidades.

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Cronograma detallado por último dígito del NIT

La Dian explicó el pasado 11 de mayo por medio de un comunicado de prensa que si el valor de la declaración de renta es inferior a 41 UVT ($2.147.334), el pago de esta obligación deberá hacerse a una única cuota. Tenga presente que el dígito de verificación no se incluye para determinar su turno en los siguientes plazos de presentación y pago inicial:

  • NIT terminado en 1: 12 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 2: 13 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 3: 14 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 4: 15 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 5: 19 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 6: 20 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 7: 21 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 8: 22 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 9: 25 de mayo de 2026.
  • NIT terminado en 0: 26 de mayo de 2026.

Si por el contrario, la cifra excede los 41 UVT, el pago se puede realizar en una segunda cuota. Este segundo desembolso representa el 50% restante del impuesto liquidado y se lleva a cabo durante el mes de julio bajo las siguientes fechas:

  • NIT terminado en 1: 9 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 2: 10 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 3: 13 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 4: 14 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 5: 15 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 6: 16 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 7: 17 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 8: 21 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 9: 22 de julio de 2026.
  • NIT terminado en 0: 23 de julio de 2026.

Documentación digital y riesgos por incumplimiento

Este periodo fiscal se ha vuelto más riguroso gracias al cruce de información exógena y a la certificación de documentos electrónicos. Para que los gastos de una empresa sean aceptados como deducibles, deben contar con soportes válidos como la nómina electrónica y el acuse de recibo de facturas de proveedores o terceros. Ignorar estos requisitos puede derivar en que la Dian rechace las deducciones, elevando la base gravable y, por ende, el valor total del tributo a pagar.

Asimismo, los contribuyentes deben vigilar la Tasa Mínima de Tributación (TMT), que establece que el impuesto neto no puede ser inferior al 15% de la utilidad contable depurada, conforme a lo dicho por el artículo 240 del Estatuto Tributario Nacional. Por otro lado, la omisión o extemporaneidad implica sanciones mínimas de 10 UVT ($523.740), que pueden escalar rápidamente si no se repara el error de forma voluntaria.

Distribución geográfica de contribuyentes

Según la Dian, Bogotá concentra el mayor número de contribuyentes de esta naturaleza con 470.504 (36,9%); seguida de Medellín con 176.390 contribuyentes (13,8%); Cali con 84.396 contribuyentes (6,6%); Barranquilla con 78.326 contribuyentes (6,1%); y Cartagena con 49.236 contribuyentes (3,8%).

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