Tasa de usura en Colombia registra incremento para marzo de 2026
La Superintendencia Financiera de Colombia anunció oficialmente la certificación de la tasa de usura correspondiente al mes de marzo de 2026, estableciendo los nuevos límites máximos de interés que las entidades bancarias y financieras pueden cobrar por sus productos crediticios. Estas tasas, que representan los techos legales absolutos para las operaciones de crédito, entrarán en vigencia desde el 1 hasta el 31 de marzo del próximo año.
Nuevos porcentajes por categoría de crédito
Según la certificación emitida por la Superfinanciera, la tasa de usura quedó establecida de la siguiente manera para las diferentes modalidades de crédito:
- Crédito de consumo y ordinario: 25,52% efectivo anual
- Crédito de consumo de bajo monto: 63,93% efectivo anual
- Crédito productivo de mayor monto: 40,80% efectivo anual
- Crédito productivo rural: 1,41% efectivo anual
- Crédito productivo urbano: 58,04% efectivo anual
- Crédito popular productivo rural: 71,31% efectivo anual
- Crédito popular productivo urbano: 87,83% efectivo anual
Estos porcentajes representan los límites máximos permitidos para cobrar intereses, tanto remuneratorios (por el préstamo del dinero) como moratorios (por retrasos en los pagos), con el objetivo fundamental de proteger a los consumidores contra cobros excesivos y prácticas abusivas.
¿Qué es la tasa de usura y cómo se calcula?
La tasa de usura constituye el techo legal establecido para los intereses que pueden cobrar las entidades financieras en Colombia. Esta normativa, contenida en el Código Penal colombiano, se fundamenta en el cálculo del Interés Bancario Corriente, el cual es certificado periódicamente por la Superintendencia Financiera.
De acuerdo con la metodología explicada por expertos financieros y entidades como el Banco de la República, la tasa de usura se construye multiplicando por 1,5 el interés bancario corriente correspondiente a cada modalidad de crédito. Esto significa que si el interés bancario corriente para un tipo específico de crédito se sitúa en 17%, la tasa de usura resultante será aproximadamente del 25,5%.
Para el mes de marzo de 2026, la Superfinanciera publicó que el interés bancario corriente certificado para la modalidad de crédito de consumo y ordinario fue de 17,01% efectivo anual, lo que sirvió como base para establecer la tasa de usura del 25,52% en esta categoría.
Impacto directo en el bolsillo de los colombianos
La tasa de usura afecta directamente las finanzas personales de los ciudadanos colombianos, ya que determina el costo máximo que pueden tener los créditos que solicitan. Esto incluye una amplia gama de productos financieros como préstamos personales, líneas de crédito, tarjetas de crédito, microcréditos y diversas modalidades de financiación.
Un ejemplo concreto: la usura del 25,52% en créditos de consumo y ordinario significa que cualquier préstamo personal o de libre inversión que supere este porcentaje en intereses podría ser considerado ilegal, con las consecuencias jurídicas correspondientes para las entidades que incurran en esta práctica.
Es fundamental que los consumidores conozcan estos límites, ya que cualquier cobro que exceda las tasas certificadas podría constituir un delito por usura, sujeto a acciones legales y sanciones por parte de las autoridades competentes. Las entidades financieras deben respetar escrupulosamente estos topes en todas sus operaciones crediticias durante el período de vigencia establecido.
