Colombia dio un paso histórico en el sector financiero con la expedición del Decreto 0368 de 2026, que establece un nuevo modelo de finanzas abiertas. Esta normativa obliga a las entidades financieras a compartir los datos de sus clientes, siempre con su autorización, con otros actores regulados del mercado. El objetivo principal es fomentar la competencia y permitir que las pymes accedan a mejores condiciones crediticias basadas en su realidad transaccional.
¿Qué información se compartirá?
Las entidades deberán compartir, solo si el usuario lo solicita, el historial transaccional de los últimos 12 meses, la información de vinculación y las características de los productos financieros del cliente. Esto permitirá que los consumidores accedan a productos más personalizados y mejores condiciones en sus créditos.
Control del cliente sobre sus datos
Las finanzas abiertas otorgan a las personas el poder de decidir con quién, para qué y por cuánto tiempo se comparten sus datos financieros. Las entidades obligadas a cumplir la norma incluyen bancos, fiduciarias, fondos de pensiones, aseguradoras y fintech.
Plazos de implementación
La Superintendencia Financiera de Colombia tendrá seis meses para publicar el cronograma oficial de estandarización técnica y 12 meses para poner en funcionamiento el directorio oficial donde deberán inscribirse todas las entidades financieras obligadas.
Colombia, pionero en la región
Colombia se convierte en el primer país de la región en adoptar un modelo obligatorio de finanzas abiertas. Otros países como Chile, México, Argentina y Brasil ya han implementado marcos normativos similares o se encuentran en fases iniciales.



