Procuraduría inhabilita cinco años a cónsul en Italia por cobro indebido
Procuraduría inhabilita cinco años a cónsul en Italia

La Procuraduría General de la Nación informó este miércoles 3 de junio que, en fallo de primera instancia, sancionó al cónsul honorario de Colombia en Florencia, Italia, Gianni Lusena, por un cobro indebido realizado a una ciudadana colombiana durante una diligencia notarial. La actuación disciplinaria se originó por un trámite de autenticación de firma llevado a cabo el 14 de junio de 2021 en la ciudad de Florencia.

Detalles de la investigación disciplinaria

De acuerdo con el comunicado oficial de la entidad, el caso corresponde a un particular en ejercicio de funciones públicas. La Procuraduría sostuvo que el disciplinado "contactó, orientó y coordinó" el procedimiento indebido en Italia. La investigación se centró en una diligencia ante las autoridades italianas para autenticar una firma. Según la Procuraduría, el funcionario honorario acompañó las diferentes etapas de esa gestión y posteriormente recibió un pago de 70 euros por parte de la ciudadana involucrada.

La entidad indicó que Lusena no tenía facultades para exigir dinero por ese tipo de asistencia. En el comunicado divulgado este miércoles, la entidad afirmó haber comprobado que el disciplinado "solicitó y recibió una suma de dinero" pese a que la actuación desarrollada debía prestarse sin costo para la usuaria.

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Veredicto de la Procuraduría Delegada

De acuerdo con el veredicto de la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4, Gianni Lusena "aprovechó su condición de cónsul para presentar como institucional una gestión que debía ser gratuita". La entidad añadió que esa conducta desconoció "el carácter honorario de la función consular" y quebrantó el "principio de moralidad administrativa". El caso también concluyó que la actuación investigada excedió las competencias permitidas dentro de la representación honoraria del Estado colombiano en el exterior.

Portafolio señaló que la Procuraduría consideró acreditado que el cobro realizado desbordó las funciones autorizadas para este tipo de despachos, los cuales prestan apoyo y orientación a los colombianos en el exterior, pero cuentan con ciertas limitaciones específicas frente al manejo de recursos.

Sanciones impuestas y proceso de apelación

Como consecuencia de la decisión de primera instancia, la Procuraduría le impuso a Lusena una inhabilidad de cinco años y una multa equivalente a 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes para 2021, es decir, $27.255.780. La entidad también calificó la conducta como una "falta gravísima cometida a título de dolo", valoración consignada en el fallo disciplinario.

La sanción aún no está del todo firme, pues la Procuraduría tiene un mecanismo que permite a los ciudadanos disponer de una apelación sobre los cargos en un juzgado. La Procuraduría precisó que "los sujetos procesales podrán presentar recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento de la Procuraduría". Será esta entidad la que estudie los argumentos que eventualmente presentarán ambas partes y definirá si confirma, modifica o revoca la decisión. Mientras se realiza ese proceso judicial, el caso continuará dentro de las etapas previstas por el ente disciplinario de Colombia.

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