Inclusión financiera y supervisión: el dilema del decreto del Mintic
La innovación es indispensable para ampliar la inclusión financiera, pero no puede construirse sobre excepciones regulatorias cuando está de por medio el dinero de los ciudadanos. Ese es el principal debate que abre la nueva versión del proyecto de decreto del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic), mediante el cual se habilitaría a los operadores postales a crear cuentas de depósito.
¿Qué proponen las cuentas postales?
A través de estas cuentas postales, los operadores podrían recibir, mantener y administrar recursos del público. Ese es el punto que cambia la naturaleza de la discusión. El manejo de dinero de los ciudadanos no es una actividad postal, es una actividad financiera sometida a un régimen de supervisión estricto, precisamente porque, cuando algo falla, el sistema está en la capacidad de responderle al usuario. Por ejemplo, el seguro de depósitos protege el dinero de los colombianos ante la eventual liquidación de una entidad financiera.
Arquitectura institucional y supervisión especializada
La arquitectura institucional existe por una razón. Las entidades que administran recursos del público deben estar sometidas a una supervisión especializada, capaz de evaluar riesgos financieros, exigir estándares prudenciales e intervenir cuando la protección de los usuarios lo requiera, y esa función recae en la Superintendencia Financiera. El Mintic no tiene la competencia legal para vigilar, ni la capacidad institucional, ni el equipo especializado para evaluar riesgos de liquidez, de contraparte o sistémicos, ni para intervenir oportunamente cuando una entidad incumple las normas. No es un reproche al Ministerio; sencillamente no es su función.
Competencia sí, pero con reglas claras
Vale la pena despejar un malentendido frecuente. El sector bancario no está en contra del proyecto porque genere competencia. Todo lo contrario. Si una entidad quiere prestar servicios financieros y someterse a la regulación correspondiente, bienvenida sea. Incluso, vemos con buenos ojos que los operadores postales puedan convertirse en entidades vigiladas. ¿Que para ello hace falta una licencia bancaria tradicional, con todos sus requisitos? No necesariamente. Para eso existen figuras regulatorias simplificadas, como las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpe), diseñadas precisamente para ofrecer estos servicios bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera. La puerta de entrada ya existe y cualquier actor que cumpla los requisitos puede ingresar.
Riesgos de la desregulación
Conceder “vacaciones de supervisión” sobre el dinero del público no es aumentar la competencia, es renunciar a normas que existen para proteger a los consumidores financieros. Todas las entidades que administran recursos de los ciudadanos deben ofrecer garantías equivalentes. Si una entidad no responde adecuadamente por sus fallas, el daño no se limita a sus usuarios directos. Cada episodio de incumplimiento termina erosionando la confianza en todo el sistema de pagos, ese activo silencioso que sostiene a diario millones de transacciones y que, una vez resquebrajado, cuesta años reconstruir.
Prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo
A ello se suma un frente que no admite concesiones: la prevención del lavado de activos (LA) y la financiación del terrorismo (FT). Las exigencias previstas para los operadores postales no pueden ser más laxas que el Sarlaft que rige al sistema financiero. En esta materia no caben puntos intermedios: o se cumple un estándar robusto, verificable y supervisado por la autoridad competente, o se asume un riesgo que el país no puede permitirse.
Advertencias de autoridades
Las preocupaciones, además, no provienen únicamente del sector bancario. El Banco de la República ha advertido que la iniciativa podría fragmentar el ecosistema de pagos e incentivar el uso del efectivo. La Superintendencia Financiera y la URF, por su parte, comparten las inquietudes sobre los riesgos de liquidez, operacionales y de lavado de activos.
Conclusión: inclusión con protección
No se trata de cerrarles la puerta a nuevos competidores, sino de asegurarse de que entren por la puerta correcta. La inclusión financiera y la protección del ahorro del público no son objetivos en conflicto; son las dos caras de una misma política, y solo se sostienen cuando avanzan juntas.



