TAS reduce sanción a Boris Céspedes de dos años a quince meses por dopaje
TAS reduce sanción a Boris Céspedes a 15 meses

El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) admitió parcialmente este lunes la apelación presentada por el futbolista boliviano Boris Céspedes y redujo de dos años a quince meses la sanción impuesta por la FIFA por una infracción de las normas antidopaje. La decisión fue tomada por un árbitro único del TAS, quien consideró que un período de suspensión de 15 meses era "proporcionado y adecuado a las circunstancias del caso", teniendo en cuenta la suspensión provisional ya cumplida desde el 14 de mayo de 2025.

Antecedentes del caso

Céspedes, quien jugó en el club suizo Yverdon-Sport FC en la Superliga y representa a la selección nacional de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF), fue sometido a un control antidopaje en competición tras el partido Bolivia-Uruguay, disputado el 25 de marzo de 2025 en el Estadio Municipal de El Alto, situado a 4.000 metros de altitud. El 7 de agosto de 2025, la Comisión Disciplinaria de la FIFA declaró al jugador responsable de una infracción relacionada con el dopaje, ya que en su muestra se detectó acetazolamida, una sustancia prohibida según el Código Mundial Antidopaje.

Sanción inicial y apelación

La Comisión Disciplinaria de la FIFA impuso inicialmente una suspensión de dos años. Céspedes apeló ante el TAS solicitando que se anulara la decisión y se dictara una nueva resolución con una suspensión no superior a seis meses. El jugador alegó que no había cometido ninguna falta ni negligencia grave, ya que el médico del equipo de la FBF le había recetado medicamentos contra el mal de altura y que, debido a su grave estado, no estaba en condiciones de verificar los medicamentos que se le administraban.

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Decisión del TAS

Tras la reclamación, un árbitro único del TAS examinó el caso y concluyó que el jugador "debía asumir cierta parte de responsabilidad" que no puede atribuirse a los médicos del equipo, ya que Céspedes "conocía bien" sus obligaciones en materia de controles antidopaje puesto que "es futbolista profesional y lleva doce años compitiendo al más alto nivel".

Por estos motivos, el árbitro único consideró que el grado de culpa del jugador era "normal" y que el intervalo de suspensión aplicable en virtud del Reglamento Antidopaje de la FIFA correspondía a un período de entre 12 y 24 meses, concluyendo que 15 meses era una sanción "proporcionada y adecuada a las circunstancias del caso".

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